SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
Resolución de Intendencia N° 024-024-0002689/SUNAT
(Fecha de publicación 08/11/2006)
Contribuyente que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto en los incisos a) b) y f) del Art. 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D
. S. N° 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo N° 953, por tener la condición de no hallado cerrado, razón por la que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2, inciso e) del mismo artículo, se le notifica por publicación en la página web; por lo tanto, debe apersonarse a recabar su Resultado del Requerimiento N° 0222060005664 (01 folio) y Anexo N° 01 (02 folios) en Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Requerimiento y Resultado del Requerimiento para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
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N° |
RUC |
APELLIDOS Y NOMBRES |
DOC Nro. |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEPENDENCIA |
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1 |
20212346994 |
INVERSIONES MARCONA S.R.LTDA. |
0222060005664 |
Resultado del Requerimiento y Anexo N° 01 (03 folios) |
2001-01 al 2001-12 |
023 |