SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
Resolución de Intendencia N° 024-024-0003536/SUNAT
(Fecha de publicación 09/07/2007)
Contribuyente que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto en los incisos a) b) y f) del Art. 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D. S. N° 135-99-EF y normas modificatorias, por tener la condición d
e No Habido, razón por la que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2, inciso e) del mismo artículo, se le notifica por publicación en la página web; por lo tanto, debe apersonarse a recabar su Carta N° 070023205391-01-SUNAT (01 folio), Requerimiento N° 0222070003720 (01 folio) y Anexo N° 01 (01 folio) en Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los documentos mencionados en el párrafo anterior, para lo cual deberá adjuntar carta de autorización firmado por el representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma..
Asimismo, dicha contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
N° |
RUC |
APELLIDOS Y NOMBRES |
DOC Nro. |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEPENDENCIA |
1 |
20268458400 |
ASOCIACION PAN Y VINO |
070023205391-01-SUNAT |
Carta (01 folio) |
2003-01 al 2004-12 |
023 |
2 |
20268458400 |
ASOCIACION PAN Y VINO |
0222070003720 |
Requerimiento y Anexo N° 01 (02 folios) |
2003-01 al 2004-12 |
023 |