SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LIMA

Resolución de Intendencia N° 024-024-0003555/SUNAT

(Fecha de Publicación: 13/ 07/2007)

Contribuyente que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto en los incisos a) b) y f) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. N° 135-99-EF y normas modificatorias, que tiene la condición de domicilio fiscal "No Hallado" según comprobante de información registrada y no ha podido ser ubicado en su domicilio fiscal Calle Tucumán N° 114 Urb. La Estancia La Perla, razón por la que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2 del inciso e) del mismo artículo, se le notifica por publicación en la página web; por lo tanto debe apersonarse a recabar la Carta N° 070023204203-01-SUNAT (1 folio) y el Requerimiento N° 0222070003244 y Anexo N° 01 (2 folios), en Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los documentos mencionados en el párrafo anterior, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmado por el representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

RUC

RAZON SOCIAL

DOCUMENTO Nº

NATURALEZA

PERIODO

DEP.

1

20503525527

EMPRESA DE TRANSPORTES PETRO EXPRESS S.A.C.

070023204203-01-SUNAT

CARTA (1 folio)

2006-04 al 2007-03

023

2

20503525527

EMPRESA DE TRANSPORTES PETRO EXPRESS S.A.C.

0222070003244

REQUERIMIENTO y ANEXO N° 01 (2 folios)

2006-04 al 2007-03

023