SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 024-024-0005811/SUNAT
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 01.12.08)
Contribuyente MC INTER SRL con RUC N° 20516698439 que no ha podido ser notificado conforme a lo dispuesto en los incisos a), b), numeral 1) del inciso e) e inciso f) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D. S. N° 135-99-EF y modificatorias, tiene la condición de habido, sin embargo, al acudir al domicilio fiscal sito en la Cal. San Agustín N° 712 distrito de Lima, dicha dirección no existe, razón por la que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del mismo artículo, se le notifica por publicación en la página Web de la SUNAT; por lo tanto, debe apersonarse a recabar el Resultado del Requerimiento N° 0222080007378 (06 folios); en la Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto ( 5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los documentos citados en el párrafo anterior, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC / D.N.I. |
APELLIDOS Y NOMBRES |
DOCUMENTO Nº |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEP. |
20516698439 |
MC INTER SRL |
0222080007378 |
Resultado de Requerimiento (06 folios) |
08/2007 a 12/2007 |
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