SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
(Fecha de Publicación: 23/01/2008)
Contribuyente
que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto
en los incisos a) b) y f) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por D.S. N° 135-99-EF y normas modificatorias, que tiene la
condición de domicilio fiscal no habido según comprobante de información
registrada y no ha podido ser ubicado en su domicilio
Jr. Lampa N° 1139 Int. 201
– Lima, razón por la que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del
inciso e) del mismo artículo, se le notifica por publicación en la página
Web; por
lo tanto debe apersonarse a recabar, el Resultado del Requerimiento Nº 0222080000098 (01 folio), el Anexo Nº
01 al Resultado del Requerimiento N° 0222080000098 (01 folio), en
la Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso -
Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence al quinto (5to.) día hábil
siguiente de efectuada la presente publicación.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar, el Resultado del Requerimiento Nº 0222080000098 (01 folio), el Anexo Nº
01 al Resultado del Requerimiento N° 0222080000098 (01 folio), para
lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y
fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica
u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal
sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
N° |
RUC |
APELLIDOS Y NOMBRES |
DOC Nro. |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEPENDENCIA |
1 |
20379374019 |
MARI CRUZ E.I.R.L. |
0222080000098 |
Resultado del Requerimiento (01 folio) y Anexo N° 01 al Resultado del Requerimiento (01 folio) |
2005-01 al 2006-12 |
023 |