SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL LORETO

Resolución de Intendencia Nº 123-4-04122 del 06.02.04
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 12.02.04)

Relación de deudores tributarios que no han podido ser notificados, conforme a lo dispuesto en el inciso a) o d) del articulo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por lo tanto deben apersonarse a recabar sus Ordenes de Pago, Resoluciones de Multa, Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones de Tribunal Fiscal y Resoluciones de Intendencia en las oficinas de la Intendencia Regional Loreto sito en Putumayo 160 - Iquitos.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Ordenes de Pago, Resoluciones de Multa, Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones de Tribunal Fiscal y Resoluciones de Intendencia , para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma. Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

                                                            Relación de deudores tributarios