SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LORETO

Resolución de Intendencia  N° 1240120001643 del 18.06.2010

(Publicado en el diario oficial “El Peruano” el día 28.06.10)

 

Relación de Resolución de Oficina Zonal y Acta Probatoria de bienes comisados que la SUNAT ha declarado en abandono, conforme a lo dispuesto en el artículo 15º del Reglamento de la Sanción de Comiso de Bienes aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT , al no haberse acreditado el derecho de propiedad  o posesión de los bienes dentro de los plazos señalados en el artículo 184º Código Tributario , y lo establecido en el inciso e) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario.

De conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, contra la resolución que declara el abandono de bienes, procede interponer Recurso de Reconsideración o Apelación en el plazo máximo de quince (15) días hábiles computados desde el día siguiente de la fecha de notificación.

Asimismo, se indica que debe acercarse a recabar su Resolución de Intendencia en las oficinas de la Intendencia Regional Loreto sito en Jr. Putumayo Nº 160, Iquitos.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal de la empresa y fotocopia del RUC de la misma, de acuerdo a lo establecido en el Art. 23° del Código Tributario.  

Sujeto Intervenido

RUC/DNI

Solicita Devolución de Bienes

RUC/DNI

Nº Acta Probatoria

Fecha de Acta Prob.

Infracción según C. T.

Nº RI de Abandono

Valor de Bienes S/.

Fecha de Resolución

BOHORQUEZ LEVEA FELIX

LIC. COND. YM-00869400

-------

------

120-060-0001925-03

28/04/2010

174 Num. 8

1240120001643

S/. 3,106.00

10/06/2010