SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL PIURA
Resolución de Intendencia Nº 084-024-0000035 del 04.11.03
NOTIFICACION A DEUDOR TRIBUTARIO
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 14.11.03)
Relación del deudor tributario que no ha podido ser notificado conforme a lo dispuesto en los incisos a, b, c y d del artículo 104º del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, sustituido por la Ley 27038 y modificado por Ley Nº 27256; que deberá apersonarse a recoger sus documentos en la Intendencia Regional Piura ubicado en la esquina Av. Loreto Nº 600 - Piura.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución y/o Requerimiento, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
A la entrega de los citados documentos, los contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal.
R.I. N° |
NOTIFICA |
N° DE DOCUMENTO |
N° RUC |
CONTRIBUYENTE |
PERIODO |
TRIBUTO |
MOTIVO |
|
REQUERIMIENTO |
F - 3611-00082307 |
10028850811 |
PAZO PAIVA FLORA |
1999/01 A 1999/12 |
IGV-RENTA |
1 |
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CARTA |
0100083005550-03-SUNAT |
10028850811 |
PAZO PAIVA FLORA |
1999/01 A 1999/12 |
IGV-RENTA |
2 |
1 |
Se comunica que existe diferencia entre las compras que
el contribuyente declara y lo que según DAOT declara su Proveedor VITERI
FERNÁNDEZ MARIO ENRIQUE, con RUC 10166475762. |
2 |
Se presenta a los funcionarios de la División de Auditoria de la Intendencia Regional Piura, quienes efectuaran la intervención fiscal de acuerdo al Requerimiento. |