SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

 

INTENDENCIA REGIONAL PIURA

 

Resolución de Intendencia N° 084-024-0005768/SUNAT

(Fecha de publicación 25/10/2018)

 

Relación de los deudores tributarios a quienes, conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar los documentos mencionados en el anexo adjunto a la presente Resolución, en las instalaciones de la Oficina de la Intendencia Regional Piura sito en Av. Grau N° 1006, esquina con la Av. San Martín N° 336-386 Sub Lote A, Distrito, Provincia  y Departamento de Piura.

 

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los referidos documentos, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad.  En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

 

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

 

NATURALEZA

N° DE DOCUMENTO 

N° DE DNI

CONTRIBUYENTE

PERÍODO

TRIBUTO

FECHA DE CITA

OBSERVACIONES

DIRECTORIO

VERIFICADOR

CARTA (1 FOLIO) 02794-2018-SUNAT/7I0200 02892781 AREVALO SAAVEDRA LUIS ROLANDO Del 201601 Al 201612 0100 IGV 08/11/2018 A LAS 09:00 HORAS Se solicita  su comparecencia en la oficina de  SUNAT, ubicada en Av. Grau N° 1006- Piura,  a fin de que brinde su manifestación sobre aspectos con incidencia tributaria respecto de las operaciones gravadas con el Impuesto General a las Ventas realizadas en el periodo tributario enero 2016 a diciembre 2016  IR PIURA-MEPECO HOLGUIN GARCIA CARLOS OSWALDO