SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL TACNA
NOTIFICACION DE
RESOLUCIONES DE EJECUCION COACTIVA
(Memorando Nº 421-2001-IH0100 del 06.06.2001)
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 18.06.2001)
Relación de deudores tributarios que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en el inciso a) o d) del artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo No. 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, 28°, 115° y 117° de la misma norma legal, se les NOTIFICA por medio de la presente publicación, las Resoluciones de Ejecución Coactiva emitidas por el Ejecutor Coactivo, Abg. Marco Antonio Villalba López, para que en el plazo de siete (07) días hábiles, cumplan con pagar a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT, las deudas tributarias puestas a cobranza más los intereses diarios que se devenguen, las costas y gastos administrativos derivados del procedimiento de cobranza coactiva hasta la total cancelación de la deuda, bajo APERCIBIMIENTO de dictarse medidas cautelares o de iniciarse la ejecución forzada de las mismas, si éstas ya se hubieran dictado. Por lo tanto, deben apersonarse a recabar sus Resoluciones de Ejecución Coactiva en la Intendencia Regional Tacna, sito en la Calle Zela Nro.701-703 Esq. con el Pasaje. Vigil, Cercado, Tacna.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recoger sus Resoluciones para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.