SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL TACNA

Resolución de Intendencia N° 110-024-0000432/SUNAT

(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 29.10.08)

Relación de deudores tributarios que aun no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en el inciso a) o d) del Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley 27256 y D.Leg. N° 953, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y, por lo tanto, deben apersonarse a recabar sus Resoluciones Coactivas en la Sección Cobranza, ubicada en la Calle Zela N° 701-703 - Tacna, segundo piso.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones Coactivas, para lo cual deberá presentar, en el caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización firmada por el Representante Legal acreditado en el RUC, con sello de la empresa y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario N° 2127, cumpliendo los requisitos correspondientes.

RUC

Nombre o Razón Social

Resolucion Coactiva

Fecha emision

Exp. Coactivo

Tipo Acción

Monto S/.

10044189912

ARANA DE QUISPE ARCANGEL COLOMBIA

1130070064331

08-08-08

13306008672

Levantamiento Retención Bancaria Eléctrónica

10,000.00

10005096028

CONDORI OROSCO JORGE ALEJANDRO

1130070065265

18-09-08

1130060015543

Retención de terceros

100,000.00

20534966289

FUNDACION PATRONATO LOS PALOS

1130070064241

25-07-08

1130070064241

Retención Bancaria Eléctrónica

1,200.00

20449319827

LAVAS E.I.R.L.

1130070065326

18-09-08

1130060032755

Entrega de Retención Bancaria Efectuada

783.00

10044329404

PRETELL MELGAREJO YENY LOURDES

1110070012920

10-09-08

1110110000111

Intervención Excluyente de Propiesdad

0.00