SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL TACNA

Resolución de Intendencia N°  110-024-0000682/SUNAT

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE EJECUCIÓN COACTIVA

                                                                                            (Publicado en el diario oficial “El Peruano” el día 01.09.10)

                                                                             

Relación de deudores tributarios  a quienes,  conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo No. 135-99-EF y modificado por el D. Leg. N° 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar sus Resoluciones de Ejecución Coactiva, emitidas por el Ejecutor Coactivo, Abg. Carlos Felipe Galdos Galdos, para que en el plazo de siete (07) días hábiles, cumplan con pagar a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT,  las deudas tributarias puestas

cobranza más los intereses diarios que se devenguen, las costas y gastos administrativos derivados del procedimiento de cobranza coactiva hasta la total cancelación de la deuda, bajo APERCIBIMIENTO de dictarse medidas cautelares o de iniciarse la ejecución forzada de las mismas, si éstas ya se hubieran dictado. Por lo tanto, deben apersonarse a recabar sus Resoluciones de Ejecución Coactiva en la Intendencia Regional Tacna, sito en la Calle Zela Nro.701-703 Esquina con el Pasaje Vigil, Cercado, Tacna.                                                                         

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones de Ejecución Coactiva, para la cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad.  En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.                   

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.     

 

Anexo