SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL TACNA
La Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de conformidad con lo dispuesto
en el penúltimo párrafo del artículo 184° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y normas modificatorias,
cumple con NOTIFICAR el Acta de Inventario Físico que a continuación se detalla,
levantada por Fedatario Fiscalizador competente de la Intendencia Regional
Tacna. El infractor o el propietario que no es infractor, según sea el caso,
tiene un plazo de dos (02) o diez (10) días hábiles, tratándose de bienes
“perecederos” o “no perecederos” respectivamente, para acreditar fehacientemente
ante la SUNAT su derecho de propiedad o posesión sobre los bienes comisados. En
el presente caso el plazo para acreditar la propiedad o para declarar el
abandono de los bienes comisados, a que se refiere el citado artículo, se
computará a partir del día siguiente de publicada en la página web de la SUNAT
el Acta de Inventario Físico, en caso no hubiera sido posible entregar copia de
la misma al sujeto intervenido, infractor o propietario.
La copia del Acta de Inventario Físico que se
menciona, podrá recabarse en la División de Auditoría de la Intendencia Regional
Tacna ubicada en la Calle Arica Nro. 560, Distrito, Provincia y Departamento de
Tacna.
Acta de Inventario Físico N.° | Fecha de Acta de Inventario Físico | Acta Probatoria N.° | Fecha deActa Probatoria | Deudor tributario | RUC / DNI | Sujeto intervenido | DNI/LC | DEP | Tipo de bien comisado |
1100620000762-01 | 14/04/2015 | 1100600009724-03 | 09/04/2015 | MAMANI MURILLO DAVID | 10457497542 | MAMANI CUSACANI CIRIACO SEVERO | 00666802 | 110 | NO PERECEDERO |