SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Oficina Zonal de Ucayali

Resolución de Oficina Zonal Nº 150-00-0000156/SUNAT

(Fecha de publicación 21/02/2006)

Relación de deudores tributarios a quienes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del inciso e) del articulo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por D.L. 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar las Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones de Aplazamiento y/o Fraccionamiento Tributario, Resoluciones de Fraccionamiento del Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario (REFT), Resoluciones de Fraccionamiento del Sistema Especial de Actualización y Pago (SEAP), Resoluciones de Fraccionamiento del RESIT y Resoluciones de Error Material en el local de la Oficina Zonal de Ucayalí sito en Jr. Raimondi No. 599 del Distrito de Callería de la Provincia de Coronel Portillo del Departamento de Ucayalí.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar las Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones de Aplazamiento y/o Fraccionamiento Tributario, Resoluciones de Fraccionamiento del Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario (REFT), Resoluciones de Fraccionamiento del Sistema Especial de Actualización y Pago (SEAP), Resoluciones de Fraccionamiento del RESIT y Resoluciones de Error Material, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el Titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento identidad del mismo.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del Formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes, según el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.

Relación de deudores tributarios