SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
OFICINA ZONAL DE UCAYALI
Resolución de Oficina Zonal Nº 150-024-0000
106/SUNAT(Fecha de publicación 30/11/2006)
Contribuyentes que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en los
incisos a), b), c) y d) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas
modificatorias; razón por la que, en aplicación de lo dispuesto por el segundo
párrafo del inciso e) del mismo artículo, se le notifica por la presente
publicación y por lo tanto deben apersonarse a recabar su Requerimiento; en las
Oficinas de SUNAT – Ucayali ubicado en el Jr. Raymondi No. 599, del Distrito
de Callería, de la Provincia de Coronel Portillo, del Departamento de Ucayali.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar el Requerimiento; para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el Titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento identidad del mismo.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del Formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes, según el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
N° |
RUC/DNI |
RAZON SOCIAL |
NATURALEZA |
VALOR |
COD_TRIB |
TIPO_TRIB |
PERIODO |
TOTAL |
1 |
20351042240 |
FABRICACIONES ULI ROD S.C.R.L. |
REQUERIMIENTO |
1521060000259 |
1002 |
IGV - RENTA TERCERA CATEG. |
2003-01/2003-12 |