SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

OFICINA ZONAL DE UCAYALI

Resolución de Oficina Zonal Nº 150-024-0000155/SUNAT

(Fecha de Publicación 28/03/2007)

Relación de deudores tributarios a quienes conforme a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por el D. Leg. N° 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar la Esquela, Esquela de Citación, Resolución de Multa, Resultado de Requerimiento y Requerimiento, en la mesa de partes ubicada en el Jr. Raymondi No. 599, del Distrito de Callería, de la Provincia de Coronel Portillo, del Departamento de Ucayali.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar la Esquela, Esquela de Citación, Resolución de Multa, Resultado de Requerimiento y Requerimiento; para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el Titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento identidad del mismo.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del Formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

ORDEN RUC/DNI RAZON SOCIAL NATURALEZA VALOR COD_TRIB TIPO_TRIB PERIODO TOTAL
1 10164217065 CHAVEZ MASCULAN HILMER ESQUELA 055-2007 5210/5310 ESSALUD/ONP 2002 - 13  
2 10103166581 FAURA NEYRA JESSICA ESQUELA DE CITACIÓN 205152000644 3071 RENTA - PN 2002 - 01 A 2002 - 12  
3 20451006691 ASERRADERO DENIS S.A.C. RESOLUCION DE MULTA 1540020001916 6025 Remitir bienes con documentos que no reunen los requisitos 2007 - 01  
4 20500456681 MADERAS LOS OLIVOS S.A.C. RESULTADO DE REQUERIMIENTO 1521060000264 1011 IGV - Cuenta Propia 2003 - 01 A 2003 - 12  
5 20500456681 MADERAS LOS OLIVOS S.A.C. REQUERIMIENTO 1522070000137 1011 IGV - Cuenta Propia 2003 - 01 A 2003 - 12