SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
OFICINA
ZONAL DE UCAYALI
(Fecha
de Publicación: 16/11/2007)
Relación
del deudor tributario a quien, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del
inciso e) del articulo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario
aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por D.L. 953, se le
notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar el
Resultado de Requerimiento en el local de la Oficina Zonal de Ucayali sito en
Jr. Raymondi No. 599 del Distrito de Callería de la Provincia de Coronel
Portillo del Departamento de Ucayali.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar el Resultado de
Requerimiento, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural,
carta de autorización firmada por el Titular del RUC y fotocopia simple del
documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo
de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en
el RUC y fotocopia simple de su documento identidad del mismo.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del Formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes, según el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
ORDEN | RUC | RAZON SOCIAL | NATURALEZA | VALOR | COD_TRIB | TIPO_TRIB | PERIODO |
1 | 20393147467 | Tripli Wood Peru S.A.C. | Resultado Requerimiento | 1522070000731 | 1011/3081 | IGV / Renta de Tercera Categoría | 2005-01/2005-12 |