SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

OFICINA ZONAL UCAYALI

RESOLUCIÓN DE OFICINA ZONAL N° 156-024-0000005/SUNAT

Pucallpa, 30 de Noviembre del 2009

(Publicado en la página WEB con fecha 07.12.09)

Relación de contribuyentes que tienen la condición de domicilio no habido, no hallado, o que no han podido ser notificados, conforme a lo dispuesto en el inciso a), b), c), numeral 1) del inciso e) o el inciso f) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF; modificado por la Ley N° 27256 y el Decreto Legislativo N° 953, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) numeral 2) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por lo tanto deben apersonarse a recabar las Resoluciones de Oficina Zonal, en la Sección Reclamos de la Oficina Zonal de Ucayali, ubicada en el Jr. Raymondi N° 599 del Distrito de Callaría de la Provincia de Coronel Portillo del Departamento de Ucayali.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su(s) documento(s), para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma. Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes, según el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.

RUC

CONTRIBUYENTE

NATURALEZA

COD. DOC.

ACTO ADMINISTRATIVO

1

10074291801

PORRAS OBREGÓN MIQUER

Resolucion de Oficina Zonal

800214

1560140001429