SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
OFICINA ZONAL UCAYALI
MEPECO
Ucayali,
15 de febrero de 2010
(Publicado
en la página WEB con fecha 17.02.10)
Relación
de deudores tributarios que tienen la condición de domicilio no habido, o que
no han podido ser notificados, conforme a lo dispuesto en el inciso a), b), c),
numeral 1) del inciso e) o el inciso f) del Artículo 104° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF;
modificado por la Ley N° 27256 y el Decreto Legislativo N° 953, razón por la
que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) numeral 2) del mismo artículo,
se les notifica por la presente publicación y por lo tanto deben apersonarse a
recabar su(s) Resolución de Multa y/o Resolución de Oficina Zonal, en la Sección
de Auditoria de la Oficina Zonal de Ucayali, ubicada en el Jr. Raymondi N° 599
del Distrito de Callería de la Provincia de Coronel Portillo del Departamento
de Ucayali.