SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
OFICINA ZONAL UCAYALI
MEPECO
Resolución de Oficina Zonal N° 153-024-0001059/SUNAT
Pucallpa, lunes, 19 de julio de 2010
Fecha de Publicación: 21/07/2010
Relación de deudores tributarios que tienen la condición de domicilio no habido, no hallado, o que no han podido ser notificados, conforme a lo dispuesto en el inciso a), b), c), numeral 1) del inciso e) o el inciso f) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF;
modificado por la Ley N° 27256 y el Decreto Legislativo N° 953, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) numeral 2) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por lo tanto deben apersonarse a recabar su(s) Órdenes de Pago, Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones Coactivas de
Levantamiento de la Medida de Embargo, Resoluciones Coactivas de Separación de Expedientes,
Resolución Coactiva de Retención Bancaria Electrónica, Resoluciones Coactivas de Acumulación, Resoluciones Coactivas de Notificación de Boletas de Pago, Resolución Denegatoria Fraccionamiento Art.36, Oficio N° 135-2010 y Resolución de Multa, en la Sección de Control de la Deuda y Cobranza de la Oficina Zonal de Ucayali, ubicada en
el Jr. Raymondi N° 599 del Distrito de Callaría de la Provincia de Coronel Portillo del Departamento de Ucayali.