SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
OFICINA ZONAL DE UCAYALI
(Fecha de publicación 23/06/2010)
Relación de deudores tributarios a quienes conforme a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por el D. Leg. N° 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar la Carta y el Requerimiento en mesa de partes ubicado en el Jr. Raymondi No. 599, del Distrito de Callería, de la Provincia de Coronel Portillo, del Departamento de Ucayali.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar la Carta y el Requerimiento; para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el Titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento identidad del mismo.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del Formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.