Señor contribuyente:

Recuerde, que si sus comprobantes de pago: facturas, recibos por honorarios, liquidaciones de compra, guías de remisión, cartas de porte aéreo nacional y pólizas de adjudicación fueron autorizados antes del 01 de julio del 2002, sólo podran ser utilizados hasta el 30 de junio de 20041. No espere el último momento para solicitar una nueva autorización de impresión de comprobantes de pago.

1 R.S. N° 229-2003/SUNAT.