Motivos de pérdida

Solicitud referida a:

Motivo (s) de pérdida

Sólo Fraccionamiento

  • Cuando se adeude el íntegro de dos (2) cuotas consecutivas.
  • Cuando no se cumpla con pagar el íntegro de la última cuota dentro del plazo concedido para su vencimiento.

Sólo Aplazamiento

  • Cuando no se cumpla con pagar el íntegro de la deuda tributaria aplazada y el interés correspondiente al vencimiento del plazo concedido.

Aplazamiento con fraccionamiento

Se perderán ambos:

  • Cuando no se cumpla con pagar el íntegro del interés de aplazamiento hasta la fecha de su vencimiento.

Si habiendo cumplido con pagar el íntegro del interés de aplazamiento, se perderá el fraccionamiento cuando:

  • Se adeude el íntegro de dos (2) cuota consecutivas.
  • No se cumpla con pagar el íntegro de la última cuota dentro del plazo concedido para su vencimiento.

Importante:

También se perderá el aplazamiento y/o fraccionamiento concedido cuando no se cumpla con mantener las garantías otorgadas o renovarlas cuando corresponda.

La perdida del fraccionamiento se determinará en base a las causales de perdidas previstas en normatividad del fraccionamiento vigente al momento de la emisión de la resolución que declare la misma.