Obligaciones

Aprobado el aplazamiento y/o fraccionamiento, se debe cumplir con lo siguiente:

  1. Durante el período de aplazamiento, pagar los intereses mensuales hasta la fecha de su vencimiento.

  2. Durante el período de fraccionamiento, pagar el íntegro del monto de las cuotas de en los plazos establecidos.

  3. Pagar los intereses de aplazamiento hasta la fecha de su vencimiento, así como el íntegro del monto de las cuotas de fraccionamiento en los plazos establecidos, tratándose de aplazamiento con fraccionamiento.

  4. Mantener vigentes las garantías otorgadas en favor de la SUNAT u otorgarlas en los casos a que se refiere el numeral 13.5 del artículo 13° (Carta Fianza), numeral 14.4 del artículo 14° (Hipoteca) y el numeral 15.5 del artículo 15° (Garantía Mobiliaria).

  5. Renovar o sustituir las garantías dentro de los plazos previstos en el Reglamento.