Trabajador acreditado
Es la condición que obtiene el trabajador cuando su entidad empleadora lo ha declarado durante tres (3) meses consecutivos o cuatro (4) meses alternados, en un periodo de:
Caso especial: Se evalúa la declaración y el pago de solo los tres (3) últimos meses anteriores al mes en que se solicita la atención, tratándose del seguro del pescador y procesador pesquero artesanal independiente (Ley N° 27177 y artículo 26° de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2000-TR).