Nota
de Prensa N° 034-2008
Se
reducen en 100%
LA SUNAT
FLEXIBILIZA APLICACIÓN DE MULTAS POR NO PRESENTAR
PLANILLAS ELECTRÓNICAS
Empleadores
que no cumplieron con obligación pueden regularizan infracciones hasta el
11 de marzo.
La
SUNAT aprobó un régimen temporal de gradualidad de
sanciones para los contribuyentes que, por algún motivo, no
pudieron cumplir de manera oportuna y adecuada con la presentación
del PDT 601, referido a las Planillas Electrónicas,
correspondiente al periodo enero 2008.
Según
la Resolución de Superintendencia N° 025-2008/SUNAT, publicada
hoy en el diario oficial, aquellos empleadores que no cumplieron con presentar
su PDT 601-Planilla Electrónica en los plazos establecidos, podrán
subsanar dicha obligación hasta el 11 de marzo, con lo cual tendrán una
rebaja del 100% de la multa relacionada a esta infracción.
Asimismo,
tendrán una rebaja del 100% de la multa si hasta la fecha
indicada anteriormente se subsanan las declaraciones que
han sido presentadas de manera incompleta. También
tendrán este beneficio, si es que regularizan la presentación de sus
Declaraciones en la forma y condiciones señaladas por la
Administración Tributaria.
Con
ello, se está dando la oportunidad a los empleadores
de corregir la información declarada originalmente con error como producto del
desconocimiento del PDT.
Tal
como se ha venido informando oportunamente, la obligatoriedad para la presentación
de la Planilla Electrónica, que facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones laborales
y tributarias, comenzó este año y para el periodo enero 2008 los vencimientos
fueron los correspondientes a las obligaciones mensuales, es decir, entre el 11
y el 26 de febrero, de acuerdo al último dígito del RUC.
Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional
Lima,
viernes 7 de marzo del 2008.