Nota de Prensa N° 136-2008

No habrá prórrogas

PLAZO PARA QUE CONTRIBUYENTES HAGAN EFECTIVO COBRO DE DEVOLUCIONES FINALIZA EL 1 DE DICIEMBRE

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) recuerda a todos los contribuyentes que las 6,111 resoluciones de devolución por pagos indebidos o en exceso, que aprobó a fines del mes de agosto, se pueden hacer efectivas sólo hasta este 1 de diciembre, de lo contrario tendrán que realizar nuevamente el trámite respectivo.

Gracias al sistema de notificaciones electrónicas, las resoluciones que aprobaron estas devoluciones, ya no son remitidas al domicilio fiscal del contribuyente, sino se consultan a través del "Buzón Electrónico" disponible en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).

Para acceder a dicho módulo informático, solo debe ingresar con su "Clave SOL" a SUNAT Operaciones en Línea. En caso no cuente con dicha contraseña, puede solicitarla, sin costo alguno, en cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente del ente recaudador, ubicados en todo el país.

Cuando se aprueba una devolución, la administración tributaria remite al correo electrónico del contribuyente –que registró cuando se inscribió en el RUC–, una alerta informativa para que ingrese al "Buzón Electrónico" y revise la resolución, así como otros datos adicionales referidos a la forma y lugar en que se hará efectivo el cobro respectivo.

Así, se simplifican y agilizan diversos procedimientos en beneficio de los contribuyentes, puesto que ya no tendrán que recoger su "cheque de devolución" en las oficinas de la SUNAT. Con la notificación electrónica se les enviará un "código crédito" que les permitirá hacer efectivo el cobro, directamente, en cualquier oficina del Banco de la Nación –mostrando su DNI–.

Para revisar la notificación, sólo tendrá que seleccionar la opción "consulta de devoluciones–consulta de medios de pago por devolución" disponible en el Buzón Electrónico, al que se puede acceder a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).

Si el contribuyente solicitó que la devolución se entregue mediante un cheque, y si la misma ha resultado procedente, podrá hacer la consulta respectiva en el mismo módulo informático, a fin de verificar en qué oficina de la administración tributaria podrá recoger dicha orden de pago.

Cabe precisar que en el período comprendido entre los meses de enero y agosto, se han emitido, cumpliendo los plazos establecimientos como resultado de la simplificación de procesos administrativos y nuevos sistemas implementados, 18,412 notificaciones electrónicas a personas naturales –profesionales independientes– por más de 27 millones de soles.

Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional

Lima, jueves 2 de octubre del 2008.