Nota de Prensa N° 129-2008

INFORME: COSTO DE REBAJAS ARANCELARIAS

JUNIO 2005 – MARZO 2008

Siguiendo la tendencia internacional, y en el marco de una política de apertura e integración comercial y de fomento a la inversión, el gobierno peruano ha venido implementando, en los últimos años, reducciones de tasas arancelarias principalmente sobre los bienes de capital y las materias primas y productos intermedios.

Es así que, desde 2001 hasta 2008, las tasas efectivas arancelarias aplicadas sobre los bienes de capital pasaron de 11,0% a 0,7%, mientras que en el caso de las materias primas y productos intermedios pasaron de 8,3% a 1,3%.

En el caso de los bienes de consumo, la reducción fue menor, pasando de un arancel efectivo de 11,4% en 2001 a 7,2% en 2008. En términos generales, esta política ha implicado una reducción de la tasa efectiva arancelaria total de 9,7% en 2001 a 2,0% en 2008, mientras que el arancel promedio pasó de 11,8% a 5,0% en el mismo período.

Se estima que el costo fiscal anualizado asociado al conjunto de rebajas arancelarias decretadas entre junio 2005 y marzo 2008 es de S/. 3 000 millones aproximadamente, siendo la mayor cuantía asociada a las reducciones sobre bienes de capital y materias primas y productos intermedios.

Dicha pérdida se puede constatar -de manera aproximada- multiplicando la reducción de la tasa efectiva entre el 2006 y 2008, que fue de 3,3%, con los niveles de importación y tipo de cambio proyectados para el 2009 contendidos en el Marco Macroeconómico Multianual1, cuyo resultado ascendería a S/. 3 202 millones de menor recaudación2.

Es decir, que de no haberse aplicado la reducción arancelaría señalada, se tendría en el 2009 unos S/. 3 202 millones adicionales de recaudación. Cabe destacar que este estimado sólo considera el efecto directo de la medida y no los efectos indirectos relacionados con la ganancia en competividad y mayores niveles de inversión alcanzados por la economía debido a estas reducciones arancelarias.

Respecto de los "bienes suntuarios", no existe consenso sobre una definición que delimite de manera clara los bienes, ni las partidas arancelarias que la conformarían. De esta manera, si se considera en este grupo las partidas arancelarias correspondientes a productos tales como whisky, vodka, perfumes, televisores, vehículos 4x4, yates, bijuteria, piedras finas y teléfonos celulares tipo Iphone G3, Blackberry y Smart Phone, se estima que el costo fiscal anual por la reducción de las tasas arancelarias sobre la importación de dichos productos ascendería a alrededor de S/. 40 millones anuales.

Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional

Lima, miércoles 18 de septiembre del 2008.