Nota de Prensa N° 077-2009

Obligaciones tributarias

MAÑANA FINALIZA CAMPAÑA DE DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA 2008

Más de 500 mil contribuyentes ya cumplieron con obligación gracias a servicios implementados por la SUNAT

Mañana finaliza el cronograma de vencimientos de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2008, una de las obligaciones tributarias más importantes que deben cumplir las personas naturales y empresas. La campaña finaliza con la presentación de las declaraciones de los contribuyentes cuyo último dígito de RUC es el número "ocho" (8).

Gracias a las facilidades y mayores servicios implementados por la SUNAT, más de 500 mil contribuyentes ya cumplieron con presentar sus declaraciones, lo que demuestra el interés y responsabilidad que tienen. Dicha cifra representa un incremento de 13% en la tasa de cumplimiento en comparación con el año pasado.

Como en las fechas de vencimiento anteriores, los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país –que cuentan con Cabinas PDT que brindan orientación personalizada sobre el llenado de la declaración– y la Central de Consultas telefónicas, atenderán hasta las 6:00 p.m.

Los contribuyentes pueden presentar su declaración a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) y efectuar los pagos de los impuestos correspondientes con tarjetas de crédito y débito.

Personas Naturales

Están obligados a presentar la Declaración Anual las personas naturales cuyas rentas –como alquileres, ganancias por venta no habitual de inmuebles, honorarios por el ejercicio independiente de su profesión, entre otros– hayan superado, durante el año pasado, los S/. 30,625. La presentación se realizará utilizando el PDT N° 661.

Tercera Categoría

Igualmente deben cumplir con esta obligación las empresas y negocios que generan rentas de Tercera Categoría, comprendidas en el Régimen General. Para estos casos, la declaración se presentará con el PDT N° 662.

Los Principales Contribuyentes también pueden presentar su declaración y efectuar los pagos respectivos a través de Internet o en las oficinas y lugares designados para tal efecto.

Es importante destacar que cuando el importe a pagar –que figure en el PDT– sea "cero", sólo se podrá realizar la presentación de la declaración a través de SUNAT Virtual.

Para obtener mayor información los contribuyentes pueden ingresar a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), comunicarse con la Central de Consultas telefónicas en el número 0-801-12-100 o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente en todo el país.

Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional

Lima, martes 7 de abril del 2009.