Nota de Prensa N° 007-2009

A partir de mañana

CONTRIBUYENTES PODRÁN SOLICITAR SUSPENSIÓN DE RETENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA

Los contribuyentes que generen rentas de Cuarta Categoría y emitan recibos por honorarios podrán solicitar ante la SUNAT, desde mañana, la suspensión de retenciones del Impuesto a la Renta (IR) y de los pagos a cuenta correspondientes al ejercicio 2009. Como en años anteriores, el trámite se podrá realizar a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).

En la Resolución de Superintendencia N° 004-2009/SUNAT, publicada hoy en el diario oficial, se señala que para realizar dicho trámite se deberá cumplir con alguno de los supuestos indicados, que están determinados por la fecha en que comenzó a percibir ingresos por rentas de Cuarta Categoría.

Así, por ejemplo si el contribuyente desea presentar la Solicitud de Suspensión de Retenciones en enero, deberá verificar que la sumatoria de sus ingresos obtenidos entre los meses de noviembre del 2007 y octubre del 2008– no supera los S/. 31,063.

En caso presente la solicitud en el mes de febrero, deberá verificar que la suma de sus ingresos percibidos, entre los meses de diciembre del 2007 y noviembre del 2008, no supere el referido monto y así sucesivamente.

Para realizar dicho trámite, el contribuyente deberá ingresar al módulo SUNAT Operaciones en Línea, disponible en www.sunat.gob.pe, donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609. Luego de llenar dicho documento virtual con la información solicitada, se podrá imprimir la "Constancia de Autorización" de suspensión.

La norma señala también que no están obligados a efectuar pagos a cuenta del IR, los contribuyentes que perciben rentas de Cuarta Categoría y cuyos ingresos mensuales no superen los S/. 2,589.

Es necesario precisar que si en un determinado mes se perciben rentas que superan los montos antes señalados, los contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del IR.

Hay que indicar que los cambios establecidos en el dispositivo, se han efectuado debido al aumento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/. 3,500 a S/. 3,550 para el presente año.

Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional

Lima, jueves 15 de enero del 2009.