Nota de Prensa N° 009-2009
SE ESTABLECE CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS 2008
CONTRIBUYENTES PODRÁN CUMPLIR CON ESTA OBLIGACIÓN DESDE MAÑANA A TRAVÉS DE INTERNET
Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, la SUNAT estableció, mediante la Resolución de Superintendencia N° 007-2009 publicada hoy en el diario oficial, el cronograma de vencimientos de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT).
Los plazos definitivos para cumplir con dicha obligación, que se define de acuerdo al último dígito del RUC del contribuyente, se iniciarán el 23 de febrero y finalizarán el 9 de marzo.
Cronograma de Vencimientos
DAOT 2008
Último dígito de RUC |
Vencimiento |
2 |
23.02.09 |
3 |
24.02.09 |
4 |
25.02.09 |
5 |
26.02.09 |
6 |
27.02.09 |
7 |
02.03.09 |
8 |
03.03.09 |
9 |
04.03.09 |
0 |
05.03.09 |
1 |
06.03.09 |
Buenos Contribuyentes |
09.03.09 |
Están obligados a presentar esta declaración los Principales Contribuyentes (PRICOS) y quienes durante el 2008 hayan realizado ventas internas o adquisiciones mensuales por un monto superior a S/. 240,000.
También deben cumplir con esta obligación, las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realizaron sólo operaciones inafectas del IGV y que tengan más de diez (10) de trabajadores –inscritos en Planillas Electrónicas–.
La declaración se presentará, de acuerdo al cronograma establecido, a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), utilizando el Programa de Declaración Telemática PDT Operaciones con Terceros – Formulario Virtual N° 3500, lo que facilitará el trámite, puesto que se podrá realizar en la comodidad de su casa, oficina o Cabina Pública de Internet, las 24 horas del día y con total seguridad.
La Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) forma parte de los sistemas implementados por la SUNAT para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y disminuir las brechas de evasión fiscal, puesto que permite identificar a aquellos contribuyentes que no declaran la totalidad de sus ingresos y ventas.
Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional
Lima, miércoles 21 de enero del 2009.