Nota de Prensa N° 064-2009

Cumpla con sus obligaciones

ESTE 26 DE MARZO SE INICIA VENCIMIENTO DE DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA

La SUNAT amplía horarios de atención e incrementa puntos de servicio a contribuyentes

Este 26 se marzo se inicia el vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2008. Por ello, la SUNAT ha implementado diversos servicios para facilitar su presentación como la atención personalizada con horario ampliado en todas sus sedes y en la Central de Consultas telefónicas, así como Cabinas PDT en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.

Como resultado de las facilidades y mayores servicios, más de 55 mil contribuyentes ya presentaron la declaración, lo que demuestra el interés de la ciudadanía por cumplir, oportunamente, con sus obligaciones tributarias.

En las Cabinas PDT de los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país, se podrá recibir orientación sobre el llenado de la declaración y obtener el Archivo Personalizado a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), documento informático que contiene prácticamente toda la información sobre las rentas y pagos de impuestos efectuados por las personas naturales durante el 2008

Por otro lado, el ente recaudador ampliará sus horarios de atención a partir del 26 de marzo. Así, los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país y la Central de Consultas telefónicas con número 0-801-12-100, atenderán de lunes a viernes hasta las 6:00 p.m.

 

Lugares

Horarios de atención

Centros de Servicios al Contribuyente

De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 6:00 p.m.
Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Central de Consultas

De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

Sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

El cronograma de vencimientos para presentar la declaración, aprobado según el último dígito del número de RUC de los contribuyentes, se iniciará el 26 de marzo y finalizará el 8 de abril.

 

Cronograma de Vencimiento

Último dígito del RUC

9

0

1

2

3

4

5

6

7

8

Último día Declaración

26 Marzo

27 Marzo

30 Marzo

31 Marzo

1 Abril

2 Abril

3 Abril

6 Abril

7 Abril

8 Abril

Personas Naturales

Están obligados a presentar la Declaración Anual las personas naturales cuyas rentas –como alquileres, ganancias por venta no habitual de inmuebles, honorarios por el ejercicio independiente de su profesión, entre otros– hayan superado, durante el año pasado, los S/. 30,625. La presentación se realizará utilizando el PDT N° 661.

Tercera Categoría

Igualmente deben cumplir con esta obligación las empresas y negocios que generan rentas de Tercera Categoría, comprendidas en el Régimen General. Para estos casos, la declaración se presentará con el PDT N° 662.

Los Principales Contribuyentes también pueden presentar su declaración y efectuar los pagos respectivos a través de Internet o en las oficinas y lugares designados para tal efecto.

Para obtener mayor información los contribuyentes pueden ingresar a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), comunicarse con la Central de Consultas telefónicas en el número 0-801-12-100 o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente en todo el país.

Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional

Lima, domingo 22 de marzo del 2009.