Solicitud de Acceso a la Información Pública
PRESENTACIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Ley N° 27806- y su Reglamento, la SUNAT ha puesto a disposición dos medios por los cuales usted puede acceder a la misma:
En primer lugar, ha habilitado una serie de consultas en este Portal Internet que le permitirán obtener la información que requiere, de manera inmediata. Entre éstas tenemos:
- Número del RUC
- Apellidos y Nombres o Razón Social
- Estado del RUC: Activo, Baja de Oficio, Baja Definitiva, Suspensión Temporal, etc.
- Actividad Económica
- Nombre Comercial
- Domicilio Fiscal
- Situación del domicilio: Hallado, No Hallado, No Habido
- Representantes Legales
- Agentes de Retención
- Comprobantes de Pagos Autorizados
- Establecimientos Anexos
Otras consultas como:
- Presentación de declaraciones juradas
- Imprentas autorizadas
- Tipo de cambio
- Verificación de pagos
- Agencias bancarias
- Padrones de Buenos Contribuyentes, Agentes de Retención y Agentes de Percepción
Cabe señalar que la información difundida en el Portal es de conocimiento público, por lo que el ejercicio del derecho de acceso a la misma se tendrá por satisfecho con la comunicación por escrito al interesado de la página web del Portal que la contiene: http://www.sunat.gob.pe/.
En segundo lugar, ha aprobado el Formulario N° 5030 "SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA", mediante el cual usted podrá solicitar a esta Superintendencia la información pública que requiera.Al respecto, cabe señalar que la atención de estas solicitudes está a cargo de los funcionarios designados a través de la Resolución de Superintendencia N° 057-2003/SUNAT.
Este formulario, debidamente llenado, puede ser presentado en cualquiera de las mesas de partes de nuestras áreas de atención. Asimismo, también podrá presentarlo (enviarlo) a través de este Portal Internet haciendo click en la siguiente opción: Presentación de Solicitud Acceso Inform. Pública F. 5030, así como realizar el seguimiento respectivo a su solicitud mediante la siguiente aplicación: Consulta Solicitud Acceso Inform. Pública F. 5030.
Los funcionarios responsables de brindar la información solicitada, los puede consultar en la siguiente norma legal: Resolución de Superintendencia N° 057 -2003/SUNAT
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IMPORTANTE: Antes de solicitar información recuerde que:
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