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CONTROL DE CAMBIOS - INTA.PE.00.12

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Asunto: Sustituyen textos de los articulos 2° y 3° de la RSANAA N°029-2010/SUNAT/A
Nº Resolución: 584-2010/SUNAT/A F. Vigencia: 01/02/2010
F. Publicación: 02/10/2010 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

articulo 2° de la RSANAA N°029-20107SUNAT/A

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2010, con excepción del literal B de la sección VII, que entrará en vigencia a partir del 4 de octubre de 2010, por lo que hasta antes de la fecha indicada será de aplicación lo dispuesto en el literal B de la sección VI del Instructivo “Medidas en Frontera a Solicitud de Parte” INTA-IT.00.08 (versión 1).

 
   TEXTO ACTUAL

Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2010, con excepción del literal B de la sección VII, que entrará en vigencia cuando se realicen las implementaciones en el sistema informático de la SUNAT, por lo que en tanto este proceso culmine, será de aplicación lo dispuesto en el literal B de la sección VI del Instructivo “Medidas en Frontera a Solicitud de Parte” INTA-IT.00.08 (versión 1).”

 
                      
   NUMERAL
articulo 3° de la RSANAA N°029-20107SUNAT/A
   TEXTO ANTERIOR

Artículo 3°.- Déjese sin efecto el Instructivo “Medidas en Frontera a Solicitud de Parte” INTA-IT.00.08 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 043-2009/SUNAT/A, publicado el 4 de febrero de 2009, con excepción de lo dispuesto en el literal B de la sección VI conforme a lo señalado en el Artículo 2° de la presente Resolución, que estará vigente hasta el 3 de octubre de 2010.

 

   TEXTO ACTUAL

Artículo 3°.- Déjese sin efecto el Instructivo “Medidas en Frontera a Solicitud de Parte” INTA-IT.00.08 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 043-2009/SUNAT/A, publicado el 4 de febrero de 2009, con excepción de lo dispuesto en el literal B de la sección VI conforme a lo señalado en el Artículo 2° de la presente Resolución, que estará vigente hasta cuando se realicen las implementaciones en el sistema informático de la SUNAT.”

 

Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :
Archivo Adjunto Actual:
Resolución: RSNAA-0584-2010/SUNAT/A
Procedimiento: 
 
Observaciones :
Responsable/Procedimiento: Luis Dávila Perales
Responsable/Control Electrónico: A. Jaime Guzmán S. Fecha y Hora: 21.10.2010   11:00::00 am