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Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)

 

1.2. Asociación latinoamericana de Integración (ALADI)

El Tratado de Montevideo 1980, es el marco jurídico global, constitutivo y regulador de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), suscrito el 12 de agosto de 1980 estableciendo los siguientes principios generales: pluralismo en materia política y económica; convergencia progresiva de acciones parciales hacia la formación de un mercado común latinoamericano; flexibilidad; tratamientos diferenciales en base al nivel de desarrollo de los países miembros; y multiplicidad en las formas de concertación de instrumentos comerciales.
Perú es miembro de la ALADI conjuntamente con Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Uruguay y Venezuela.
La ALADI propicia la creación de un área de preferencias económicas en la región con el objetivo final de lograr un mercado común latinoamericano mediante tres mecanismos:

a. Preferencia Arancelaria Regional (PAR)

Los países miembros se otorgarán recíprocamente una preferencia arancelaria regional, que se aplicará con referencia al nivel que rija para terceros países y se sujetará a la reglamentación correspondiente.
Los niveles de preferencias arancelarias se establecen en función del nivel de desarrollo económico relativo de cada país:
Países de Menor Desarrollo: Bolivia, Ecuador y Paraguay.
Países de Desarrollo Intermedio: Chile, Colombia, Cuba, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela.
Países de Mayor Desarrollo: Argentina, Brasil y México.

b. Acuerdo de Alcance Regional (AAR)

Los acuerdos de alcance regional son aquellos en los que participan todos los países miembros.

c. Acuerdos de Alcance Parcial (AAP)

Los acuerdos de alcance parcial son aquellos en cuya celebración no participa la totalidad de los países miembros, y propenderán a crear las condiciones necesarias para profundizar el proceso de integración regional mediante su progresiva multilateralización.  Los derechos y obligaciones que se establezcan en los acuerdos de alcance parcial regirán exclusivamente para los países miembros que los suscriban o que a ellos adhieran.
Los acuerdos de alcance parcial podrán ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio o adoptar otras modalidades.
Los Acuerdos de Alcance Parcial de Complementación Económica que mantiene el Perú con los países miembros pueden ser consultados en los siguientes links:

ACE 38 Acuerdo de Libre Comercio Perú – Chile

Texto del Acuerdo:
http://www.acuerdoscomerciales.gob.pe/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=72&Itemid=95

ACE 50 Acuerdo de Complementación Económica entre Perú y Cuba

Texto del Acuerdo:
http://www.acuerdoscomerciales.gob.pe/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=122&Itemid=145

ACE 58 Acuerdo de Complementación Económica entre Perú y los Estados Parte del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay)

Texto del Acuerdo:
http://www.acuerdoscomerciales.gob.pe/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=102&Itemid=125

Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela

Texto del Acuerdo:
http://www.acuerdoscomerciales.gob.pe/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=173&Itemid=192

Para que las mercancías procedentes de cualquier otro País Miembro de la ALADI (a excepción de Bolivia, Colombia y Ecuador que se rigen por la normativa de la CAN) se puedan beneficiar de las preferencias arancelarias, deben ser originarias de conformidad con las Normas de Origen establecidas en el acuerdo suscrito con dicho país, para lo cual en la transmisión electrónica de la declaración aduanera de importación se deberá enviar la información solicitada conforme a lo señalado en el Procedimiento Específico sobre Aplicación de Preferencias Arancelarias a la importación de mercancías de ALADI, DESPA-PE.01.12, el cual puede consultar mediante en el siguiente link:  
 http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/importacion/importac/procEspecif/despa-pe-01-12.htm,   y consignarse los correspondientes Códigos de Trato Preferencial Internacional (TPI):

Mercancías originarias y procedentes de

Acuerdo

TPI

ARGENTINA

ACE 58
ALADI/AAP.AG/2

358
602

BRASIL

ACE 58
AAR 4
ALADI/AAP.AG/2

358
504
602

CHILE

ACE 38
AAR 4
ALADI/AAP.AG/2

338
504
602

CUBA

ACE 50
ALADI/AAP.AG/2

350
602

PARAGUAY

ACE 58
ALADI/AAP.AG/2

358
602

URUGUAY

ACE 58
ALADI/AAP.AG/2

358
602

VENEZUELA

AAPNC

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