IMPORTACION PARA EL CONSUMO
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO ESPECIFICO

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Asunto: Se modifica numeral del procedimiento específico INTA-PE.01.10a "Valoración de mercancías según el Acuerdo del Valor de la OMC" (Versión 5)
Nº Resolución: 0238 / 2006 F. Vigencia: 30.04.2006
F. Publicación: 29.04.2006 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

Numeral 5 de la Sección B del Anexo 01 del Procedimiento Específico INTA-PE.01.10a 

   TEXTO ANTERIOR

La póliza de seguro individual sólo puede estar referida a mercancías consignadas en un embarque y viene acompañada de la factura debidamente cancelada, emitida por la compañía aseguradora, la misma que debe ser presentada a despacho. El especialista en aduanas podrá aceptar facturas emitidas con fecha posterior a la fecha de embarque de las mercancías, pero no con fecha posterior a la fecha de llegada de la misma.

   TEXTO ACTUAL
La póliza de seguro individual emitida por la compañía aseguradora sólo puede estar referida a mercancías consignadas en un embarque. Dicha póliza debe ser emitida con anterioridad a la fecha de llegada de la mercancía y ser presentada a despacho como sustento del gasto del seguro, el cual corresponde al precio realmente pagado o por pagar
                      
Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :
Archivo Adjunto Actual:
Resolución: RSNAA Nº 0238-2006 SUNATA
Procedimiento: INTA-PE.01.10a.V5
 
Observaciones :

 Se ha recogido lla problemática de carácter operativo presentada en las áreas de control concurrente, se ha estimado convenientemodificar el numeral 5 de la Sección B del Anexo 01.

Responsable/Procedimiento:  Luis Arroyo Omonte
Responsable/Control Electrónico: Gladys Nichols Fecha y Hora: 03.05.2006-03.16p.m