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Asunto:
Modifican y prorrogan
entrada en vigencia procedimiento INTA-.PG.01 |
Nº Resolución: 0341-2006 |
F. Vigencia: 05/07/2006 |
F. Publicación: 25/06/2006 |
F. Derogación: |
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NUMERAL
Sustituir segundo párrafo del
acápite - 02 del inciso c) numeral 1, literal A, rubro
VII
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TEXTO ANTERIOR
Esta modalidad de despacho sólo está sujeta a control
documentario.
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TEXTO ACTUAL
Los
envíos de socorro sólo están sujetos a control
documentario
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NUMERAL
Sustituir el segundo párrafo del inciso b), numeral 13,
literal A, rubro VII
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TEXTO ANTERIOR
Cuando la factura o documento equivalente no consigne todos
estos datos, o éstos no sean precisos para la clasificación
arancelaria de la mercancía, esta información debe
detallarse en la casilla 7.37 de los ejemplares A y A1 de la
DUA.
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TEXTO ACTUAL
Cuando
la factura o documento equivalente no consigne todos
estos datos, o éstos no sean precisos para la
clasificación arancelaria de la mercancía; dicha
información debe especificarse en la casilla 7.37 de
los ejemplares A y A1 de la DUA, con excepción de la
descripción detallada de la mercancía, la cual debe
ser transmitida en ejemplar B y B1 de la DUA. En
aquellos casos en que no sea obligatoria la presentación
del ejemplar B de la DUA, dichos datos serán
verificados por el especialista de aduanas en la
transmisión electrónica de la información del
ejemplar B, a través del portal de la SUNAT
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NUMERAL
Sustituir el numeral 14, literal A,
rubro VII
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TEXTO ANTERIOR
14.
Tratándose de DUAs
correspondientes a despachos urgentes y al sistema anticipado
de despacho aduanero, en la primera recepción, se adjuntan
fotocopias autenticadas de los siguientes documentos:
a) Factura o documento equivalente según
lo señalado en el literal b) del numeral 13 precedente.
b) Certificado de origen cuando
corresponda.
c) Autorización emitida por el sector competente, según
corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la mercancía.
d) Autorización para el despacho urgente, en los casos de
mercancías que requieran calificación por el intendente de
aduana (Anexo N°1). |
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TEXTO ACTUAL
14. Tratándose de
DUAs correspondientes a despachos urgentes y al sistema
anticipado de despacho aduanero, en la primera recepción,
se adjuntan fotocopias de los siguientes documentos:
a)
Factura o documentos equivalente según lo señalado
en el literal b) del numeral 13 precedente.
b)
Certificado de origen cuando corresponda.
c)
Autorización emitida por el sector competente,
según corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la
mercancía.
d)
Autorización para el despacho urgente, en los
casos de mercancías que requieran calificación por el
intendente de aduana (Anexo Nº 1)
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Observaciones : |
QUEDA
SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 136-2009/SUNAT/A
PUB. 17.03.2009 |
Responsable/Procedimiento: |
Cecilia Del Pino Momosaky -
Luis Davila Perales |
Responsable/Control Electrónico: |
Cecilia Beraún V. |
Fecha y Hora:15.07.2003
03.24.52 pm |
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