IMPORTACION PARA EL CONSUMO
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Modifican y prorrogan entrada en vigencia procedimiento INTA-.PG.01
Nº Resolución: 0341-2006 F. Vigencia: 05/07/2006
F. Publicación: 25/06/2006 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

Sustituir segundo párrafo del acápite - 02 del inciso c) numeral 1, literal A, rubro VII

   TEXTO ANTERIOR

Esta modalidad de despacho sólo está sujeta a control documentario.

   TEXTO ACTUAL

Los envíos de socorro sólo están sujetos a control documentario

        
   NUMERAL
Sustituir el segundo párrafo del inciso b), numeral 13, literal A, rubro VII
   TEXTO ANTERIOR
Cuando la factura o documento equivalente no consigne todos estos datos, o éstos no sean precisos para la clasificación arancelaria de la mercancía, esta información debe detallarse en la casilla 7.37 de los ejemplares A y A1 de la DUA.
   TEXTO ACTUAL

Cuando la factura o documento equivalente no consigne todos estos datos, o éstos no sean precisos para la clasificación arancelaria de la mercancía; dicha información debe especificarse en la casilla 7.37 de los ejemplares A y A1 de la DUA, con excepción de la descripción detallada de la mercancía, la cual debe ser transmitida en ejemplar B y B1 de la DUA. En aquellos casos en que no sea obligatoria la presentación del ejemplar B de la DUA, dichos datos serán verificados por el especialista de aduanas en la transmisión electrónica de la información del ejemplar B, a través del portal de la SUNAT

        
   NUMERAL

Sustituir el numeral 14, literal A, rubro VII

   TEXTO ANTERIOR

14.  Tratándose de DUAs correspondientes a despachos urgentes y al sistema anticipado de despacho aduanero, en la primera recepción, se adjuntan fotocopias autenticadas de los siguientes documentos:

a) Factura o documento equivalente
según lo señalado en el literal b) del numeral 13 precedente.
b) Certificado de origen cuando corresponda.
c) Autorización emitida por el sector competente, según corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la mercancía.
d) Autorización para el despacho urgente, en los casos de mercancías que requieran calificación por el intendente de aduana (Anexo N°1).

   TEXTO ACTUAL

14. Tratándose de DUAs correspondientes a despachos urgentes y al sistema anticipado de despacho aduanero, en la primera recepción, se adjuntan fotocopias de los siguientes documentos:

a) Factura o documentos equivalente según lo señalado en el literal b) del numeral 13 precedente.
b) Certificado de origen cuando corresponda.
c)  Autorización emitida por el sector competente, según corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la mercancía.
d)  Autorización para el despacho urgente, en los casos de mercancías que requieran calificación por el intendente de aduana (Anexo Nº 1)

          
Versiones Anteriores :

Versión Actual:
Resolución: RSNAA Nº 341-2006
Procedimiento: 
    
 
Observaciones : QUEDA SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 136-2009/SUNAT/A PUB. 17.03.2009
Responsable/Procedimiento:  Cecilia Del Pino Momosaky - Luis Davila Perales
Responsable/Control Electrónico: Cecilia Beraún V. Fecha y Hora:15.07.2003 03.24.52 pm