TEXTO ANTERIOR
“VI. DISPOSICIONES
GENERALES (…) 3. Cuando la mercancía es
seleccionada a inspección no intrusiva se procede
conforme al procedimiento específico “Inspección no
intrusiva, inspección física y reconocimiento físico de
mercancías en el Complejo Aduanero de la Intendencia de
Aduana Marítima del Callao” CONTROL-PE.00.09. Los
supuestos en los que la inspección no intrusiva
constituye el examen físico de las mercancías se regulan
en el citado procedimiento."
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TEXTO ACTUAL
“VI. DISPOSICIONES
GENERALES (…) 3. Cuando la mercancía es
seleccionada a inspección no intrusiva se procede
conforme al procedimiento específico “Inspección
no intrusiva de mercancía” CONTROL-PE.00.10.
Los supuestos en los que la inspección no intrusiva
constituye el examen físico de las mercancías se regulan
en el citado procedimiento.”
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