PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 183-2004/SUNAT QUE APROBÓ NORMAS PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL GOBIERNO CENTRAL PARA INCLUIR BIENES EN EL ANEXO 2
SUNAT |
El proyecto de resolución de
superintendencia que se prepublica incluirá en el Anexo 2 de la Resolución
de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT que aprobó el Sistema de Pago de
Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT), con un porcentaje
de detracción del 12%, a la páprika comprendida en las subpartidas
nacionales 0904.20.10.10, 0904.20.10.20 y 0904.20.10.30. Asimismo, se
modifica a 12% el porcentaje de detracción aplicable a los espárragos
frescos o refrigerados y a la páprika fresca o refrigerada comprendidos en
las subpartidas nacionales 0709.20.00.00 y 0709.60.00.00, respectivamente,
cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración contenida en el
inciso A) del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
Los comentarios al proyecto de Resolución de Superintendencia pueden
dirigirse hasta el día 8 del mes de noviembre de 2010 a la siguiente
dirección:
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima.
Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la
siguiente dirección: elopez@sunat.gob.pe
La persona encargada de recibir los comentarios es Eduardo López-Torres
Alvarado
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