PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA DIVERSOS ASPECTOS SOBRE COMPROBANTES DE PAGO Y OTROS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS
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SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias):
Entre los cambios más importantes podemos destacar los siguientes:
Se eliminan las restricciones en el SEE – SOL, SEE – Del contribuyente, SEE -SFS y SEE – Operador de Servicios Electrónicos para que los sujetos que utilicen dichos sistemas puedan emitir comprobantes de pago por las operaciones realizadas en la Zona Comercial de Tacna y para que los sujetos del Nuevo RUS puedan emitir sus boletas de venta y notas en forma electrónica.
Asimismo, se incorpora un requisito en los comprobantes de pago electrónicos que se emitan a través de los referidos sistemas que permita vincularlos con un punto de emisión.
Se dispone que en las operaciones de exportación en el SEE – Del contribuyente, el SEE – SFS y el SEE – Operador de Servicios Electrónicos la nota electrónica solo puede modificar una factura electrónica o una boleta de venta electrónica.
Se amplía el plazo en el SEE – Del Contribuyente y en el SEE – Operador de Servicios Electrónicos a partir del cual será obligatorio consignar el código QR en la representación impresa de los comprobantes de pago y notas electrónicos.
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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 25 del mes de diciembre de 2017 vía correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: e-comprobantes@sunat.gob.pe.
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