PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA OBLIGACIONES DE REGISTRO DE OPERACIONES Y DE INFORMAR INCIDENCIAS DE BIENES FISCALIZADOS

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias)

El proyecto de resolución de superintendencia modifica obligaciones de registro de operaciones y de informar incidencias de bienes fiscalizados, a efecto de modificar la Resolución de Superintendencia N.° 255-2013/SUNAT precisando obligaciones, eliminando excepciones e incorporando otras excepciones según lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo N.° 1126 y normas modificatorias.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 19 de julio de 2017 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: iqbf@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es: Dieter Martín Reyes Apéstegui.