PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA NORMATIVA SOBRE LA BOLETA DE VENTA ELECTRÓNICA, ALGUNOS ASPECTOS DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE SERVICIOS DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS Y OTROS
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SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias): El proyecto de resolución de superintendencia modifica la normativa sobre boleta de venta electrónica, los anexos N.°S 1, 2, 3, 4, 5-A, 6, 9-A. 10 y 21 y el literal e) del anexo N.° 9 de la Resolución de Superintendencia N.° 097-2012/SUNAT; el anexo III de la Resolución de Superintendencia N.° 182-2016/SUNAT y aprueba el anexo IV en esta última resolución de superintendencia, los anexos B y C de la Resolución de Superintendencia N.° 117-2017/SUNAT y aspectos de las obligaciones establecidas a los operadores de servicios electrónicos.
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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 23 del mes de abril de 2019 vía correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: e-comprobantes@sunat.gob.pe. |