PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD APLICABLE A INFRACCIONES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO RESPECTO DE LAS INFRACCIONES TIPIFICADAS EN LOS NUMERALES 1, 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 174 E INCORPORA A DICHO RÉGIMEN EL NUMERAL 10 DEL ARTÍCULO 175 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

 

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias):

 

El proyecto de resolución de superintendencia modifica el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a infracciones del Código Tributario, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 063-2007/SUNAT y normas modificatorias, respecto de las infracciones tipificadas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 174 e incorpora a dicho régimen la infracción del numeral 10 del artículo 175 del Código Tributario; en atención a que las infracciones del artículo 174 fueron modificadas por el Decreto Legislativo N.° 1420 y que ese decreto incorporó en el artículo 175 una nueva infracción.

 

Dar click para ver archivos

Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 22 del mes de septiembre de 2019 a la siguiente dirección de correo electrónico:

lsoto@sunat.gob.pe  

La persona encargada de recibir los comentarios es el señor Luis Soto Zevallos.