ESTABLECEN NUEVO CRONOGRAMA PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS TRIBUTARIOS DE ABRIL A DICIEMBRE 2004 DE LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES INCORPORADOS AL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 122-2004/SUNAT
(Publicada el 21 de mayo de 2004)
Lima, 20 de mayo de 2004
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 244-2003/SUNAT se establecieron los cronogramas para la declaración y pago de las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2004 cuya recaudación efectúa la SUNAT, con excepción de la declaración y el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras y de aquellos que gravan la importación;
Que el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 244-2003/SUNAT estableció que los contribuyentes y responsables incorporados en el Régimen de Buenos Contribuyentes cumplirían sus obligaciones tributarias correspondientes a los periodos tributarios de enero a diciembre del año 2004 hasta la fecha prevista en la última columna del Anexo 1 de dicha resolución, en los términos previstos en el Decreto Supremo N° 105-2003-EF;
Que posteriormente el tercer párrafo del inciso 3.1 del artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 082-2004/SUNAT, establece que la declaración del Impuesto a las Transacciones Financieras se efectuará de acuerdo al cronograma de vencimiento mensual a que se refiere la resolución señalada en los considerandos anteriores;
Que sin embargo, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes a los períodos tributarios de abril a diciembre del año 2004, de los Principales Contribuyentes incorporados en el Régimen de Buenos Contribuyentes, es necesario establecer nuevas fechas de vencimiento para el cumplimiento de dichas obligaciones;
En uso de las facultades conferidas por los Artículos 29° y 88° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias, los artículos 5° y 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Los deudores tributarios designados como Principales Contribuyentes e incorporados al Régimen de Buenos Contribuyentes, cumplirán con realizar el pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, anticipos o pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, así como con presentar las declaraciones relativas a tributos a su cargo, administrados y/o recaudados por la SUNAT, correspondientes a los períodos tributarios de abril a diciembre de 2004, de acuerdo con el cronograma detallado en el Anexo de la presente resolución.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- A partir de la vigencia de la presente resolución, lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 244-2003/SUNAT, será sólo de aplicación para los Medianos y Pequeños Contribuyentes incorporados al Régimen de Buenos Contribuyentes.
SEGUNDA.-
Los contribuyentes y responsables del Impuesto a las Transacciones Financieras continuarán efectuando el pago del señalado impuesto de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 082-2004/SUNAT.Regístrese, comuníquese y publíquese
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
ANEXO
MES AL QUE | FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO NÚMERO DE REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES | |
CORRESPONDE | ||
LA OBLIGACIÓN | 17° Día Hábil | 18° Día Hábil |
ABRIL 2004 | 0,1,2,3 y 4 | 5,6,7,8 y 9 |
25-Mayo-2004 | 26-Mayo-2004 | |
MAYO 2004 | 5,6,7,8 y 9 | 0,1,2,3 y 4 |
23-Junio-2004 | 24-Junio-2004 | |
JUNIO 2004 | 0,1,2,3 y 4 | 5,6,7,8 y 9 |
23-Julio-2004 | 26-Julio-2004 | |
JULIO 2004 | 5,6,7,8 y 9 | 0,1,2,3 y 4 |
24-Agosto-2004 | 25-Agosto-2004 | |
AGOSTO 2004 | 0,1,2,3 y 4 | 5,6,7,8 y 9 |
23-Septiembre-2004 | 24-Septiembre-2004 | |
SETIEMBRE 2004 | 5,6,7,8 y 9 | 0,1,2,3 y 4 |
26-Octubre-2004 | 27-Octubre-2004 | |
OCTUBRE 2004 | 0,1,2,3 y 4 | 5,6,7,8 y 9 |
24-Noviembre-2004 | 25-Noviembre-2004 | |
NOVIEMBRE 2004 | 0,1,2,3,4,5,6,7,8 y 9 | |
27-Diciembre-2004 | ||
DICIEMBRE 2004 | 0,1,2,3 y 4 | 5,6,7,8 y 9 |
25-Enero-2005 | 26-Enero-2005 |
(La fecha de vencimiento de los Principales Contribuyentes incorporados como Buenos Contribuyentes, correspondientes al período tributario noviembre 2004 ha sido modificada por el Artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 301-2004/SUNAT, publicada el 15.12.2004 y vigente a partir del 16.12.2004).