|
INICIO DE PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION DE OFICIO EN EL RUC
Estimado(a) ciudadano:
Conforme lo establecido en el artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT, se notifica por la página web de la SUNAT el inicio del procedimiento de inscripción de oficio en el RUC a los sujetos señalados en la siguiente relación:
Descargue la información aquí
Los sujetos notificados pueden inscribirse en el RUC conforme a lo previsto en el artículo 5 de la resolución antes mencionada; o presentar los descargos que sustenten que no corresponde su inscripción en el RUC, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de esta notificación por publicación en la página web de SUNAT, en los Centros de Servicios al Contribuyente o por la Mesa de Partes Virtual de SUNAT.
De acuerdo al artículo 7 del Decreto Legislativo N.° 943, modificado por Decreto Legislativo N.° 1524, los actos administrativos que conforman el procedimiento de inscripción de oficio se notifican por la página web de la SUNAT.
Importante:
- Descargar el archivo Excel.
- Ubicar su DNI, apellidos y nombres y dar click en el número de la carta dirigida a su persona. Para visualizar el detalle de la misma, previamente el sistema solicitará una validación de datos como medida de seguridad.
Historial de comunicados
|