NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
La Superintendencia Nacional Aduanera y Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR al deudor que a continuación se detalla, a fin de hacer valer su derecho impugnatorio del presente acto administrativo, dentro de los quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115° del Texto único Ordenado del Código Tributario:
Documento de Identidad |
Reclamante |
Resolución que resuelve reclamo |
RESUELVE |
RUC N.°
10247001048
|
JORGE
TEOFILO VELARDE QUISPE |
Resolución Directoral N° 118
3D1000/2013-000625 de fecha 22.08.2013 |
-Declarar
INFUNDADO
su reclamo presentado contra
la Resolución de Oficina N.° 118-3D1100/2012-000249 de fecha
27.12.2012; se CONFIRMA el comiso de las mercancías consignadas en
los ítems 1 al 6 del Acta de Incautación N.°
118-0400-AC-2011-000033; se confirma la multa, debiéndose proseguir
con el cobro de la Liquidación de Cobranza N.° 118-2012-367864.
-MODIFÍQUESE
la parte del VISTO de la Resolución de Oficina
N.° 118-3D1100/2012-000249 de fecha 27.12.2012;
DONDE DICE: “[...]
Expediente N.° 000-ADSODT-2011-164525-6 de fecha 14.07.2011,
mediante el cual la Segunda Fiscalía Provincial Penal Especializada
en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual del Distrito
Judicial de Lima, remite la Resolución Fiscal de fecha 20.05.2011 –
Ingreso 57-2011, en la que RESUELVE: […]”;
DEBE DECIR: “[…]
Expediente N.° 000-ADSODT-2011-164525-6 de fecha 14.07.2011,
mediante el cual, JORGE TEOFILO VELARDE QUISPE, solicita la
devolución de las mercancías incautadas y adjunta la Resolución N.°
02-2011 de fecha 20.05.2011 – Ingreso N.° 57-2011, emitido por la
Segunda Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros
y Contra la Propiedad Intelectual del Distrito Judicial de Lima, la
cual RESUELVE: […]”. |