PREGUNTAS FRECUENTES
DE LA PRESENTACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA
Si tiene la calidad de agente de retención de rentas de cuarta categoría (inc. b) Art. 71° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta) entonces se encuentra obligado y deberá informar a todos los prestadores de servicios de cuarta categoría a quienes les haya pagado en el período, al margen de si les efectuó o no retención. En caso no fuera agente de retención de cuarta, no se encontrará obligado a presentar el PDT 601 – Planilla Electrónica.
Sí, pero es preciso tomar en cuenta que de hacerlo automáticamente quedará obligado al uso del PDT de allí en adelante.
El PDT Planillas Electrónicas entra en vigencia el 01 de enero de 2008, su presentación es de periodicidad mensual, por lo que la primera presentación deberá realizarse a partir del 01 de febrero de 2008, con información referida al mes de enero del referido año.
DECLARANTE
Se consignará la información declarada en el Registro Único de Contribuyentes – RUC, si no cuenta con establecimientos anexos, sólo declarará el domicilio fiscal. Tenga en cuenta que es obligatorio declarar todos sus establecimientos anexos en el RUC, por lo que, de ser necesario, deberá regularizar la declaración de los que tuviera pendientes de informar. Este trámite lo deberá realizar de manera presencial en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT.
Respuesta:
Debe ingresar todos los establecimientos donde laboren sus trabajadores o las personas que le prestan servicios.
Respuesta
Deberá marcar "Sí" en la consulta "Destaca o desplaza personal a otros empleadores"; automáticamente el sistema habilitará la tercera pestaña de declarante, en ésta informará el RUC de la empresa donde hubiera destacado personal, el servicio que le presta y la identificación si es o no un centro de riesgo SCTR.
RELACIONADAS CON EL REGISTRO:
TRABAJADOR
Respuesta
A partir del período enero de 2008, deberá ser declarado en el PDT 601 Planilla Electrónica.
Respuesta
Se indicará la fecha de inicio de actividades que se señale en el contrato. La fecha de fin sólo se informará en el período en el que culmine efectivamente la relación laboral.
Respuesta
Previamente debe habérsele declarado como trabajador cesado y en la fecha que se le paguen los pagos pendientes se declarará al trabajador en Situación 19 "Sin Vínculo laboral con conceptos pendientes de liquidar".
Respuesta
Se deberá informar si en el período de declaración el trabajador percibe simultáneamente ingresos de quinta categoría de otros empleadores.
Respuesta
El aplicativo valida que se registre el apellido paterno o materno de la persona. Es decir, basta que exista alguno de ellos.
Respuesta
En "Períodos Laborales", se consignará la fecha de ingreso a la empresa que está declarando sin considerar si antes el trabajador laboró para otros empleadores.
Respuesta:
Si la empresa es un agente de retención de cuarta categoría deberá presentar el PDT 601 - Planilla Electrónica, siempre que haya pagado o acreditado honorarios que constituyan rentas de cuarta categoría en el período de declaración, al margen de que se haya o no producido la retención.
Respuesta:
Sí. En principio todos los empleadores están obligados a retener las aportaciones de sus trabajadores asegurados obligatorios en el momento del pago de sus remuneraciones. No obstante, los empleadores que se acojan al Régimen Laboral Especial de la Microempresa pueden convenir con sus trabajadores el no efectuarles las retenciones de las aportaciones.
Respuesta:
Las primas correspondientes al seguro privado contra accidentes "+ Vida Seguro de Accidentes" también serán recaudadas a través del PDT 601 – Planilla Electrónica. Para estos efectos el declarante deberá identificar a los Trabajadores o Pensionistas que hayan suscrito este seguro. La identificación se realizará en la pantalla "Categorías" del Menú Registro de Trabajadores, Pensionistas, PS 4ta Categoría, PS Modalidad Formativa Laboral. Una vez realizada esta identificación el sistema automáticamente calculará y mostrará como descuento al afiliado el importe correspondiente.
PRESTADORES DE SERVICIOS 4TA CATEGORÍA
Respuesta
Se considera a quienes obtienen ingresos por el ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio. Asimismo, están incluidos quienes desempeñan las funciones de síndico, gestor de negocios, director de empresas, mandatario, albacea y quienes realizan actividades similares.
Respuesta
El criterio para que un Prestador de Servicios 4ta Categoría sea incluido en un determinado período es que el declarante haya pagado o acreditado honorarios que constituyan rentas de cuarta categoría en el período de declaración, al margen de que se haya o no producido la retención.
Respuesta
Es obligatorio declarar a todos los Prestadores de Servicios 4ta Categoría a quienes se les hubiera pagado o acreditado honorarios en el período, independientemente de si dichos honorarios se encuentren sujetos a retención o no.
Respuesta
A diferencia del PDT 600, el PDT 601 permite el registro de más de un período laboral por período declarado. Ejemplo: el trabajador B cuyo contrato culmina el 15.01.2008 y lo vuelvan a contratar el 25.01.2008. En cuyo caso deberá cerrar el período laboral el 15.01.2008 y registrar el nuevo inicio en el mismo período.
PENSIONISTAS
Respuesta
Se debe registrar únicamente con DNI o partida de nacimiento.
Respuesta
Se consolidarán las pensiones en un solo rubro.
Respuesta
Para el registro de los pensionistas, sólo existen 2 tipos, uno de uso exclusivo para los pensionistas de la Caja de Beneficios de Seguridad Social del Pescador (Tipo 26) y el otro que será utilizado para el resto de pensionistas, es decir, para los pensionistas del SNP, SPP, Aseguradoras, entre otros pensionistas (Tipo 24). Para el caso materia de consulta deberá señalarse el Tipo 24.
Respuesta
Los menores de edad nacionales necesariamente deberán ser identificados con DNI o partida de nacimiento, por lo que es indispensable que el declarante obtenga y actualice dicha información.
Respuesta
En el rubro "Fecha de Ingreso" se colocará, la fecha a partir de la cual se le reconoce el derecho a una pensión: enero.
Respuesta
Se incluirán en el Código 12 = "Otros regímenes pensionarios".
Respuesta
Será baja en el caso que el pensionista fallezca u otras causales de baja o suspensión de la pensión, las que dependerán del régimen en el cual se le otorgó la pensión. Por ejemplo, en el caso del Decreto Ley Nº 19990 cuando el beneficiario menor de edad adquiera la mayoría de edad o la viuda contrae matrimonio, entre otros.
Respuesta
Sí. El registro debe efectuarse en ambas categorías, como Trabajador y como Pensionista.
PRESTADOR DE SERVICIO – MODALIDAD FORMATIVA LABORAL
Respuesta
Los estudios realizados.
DERECHOHABIENTES (ESSALUD):
Respuesta
Son derechohabientes los hijos menores de edad y los mayores incapacitados.
Respuesta
Para que se realice la inscripción de la gestante como derechohabiente, el titular debe presentar ante su empleador el documento sustentatorio que la acredite como tal (Nota 7 del Anexo Nº 1 – Información de la Planilla Electrónica).
Respuesta
Son derechohabientes del titular sus hijos menores de edad matrimoniales y extramatrimoniales (los concebidos y nacidos fuera del matrimonio).
Respuesta
Se informará la fecha de inicio de otorgamiento de pensión al sobreviviente.
Respuesta
No es posible, sólo puede registrar a un concubino(a) y siempre que no tenga registrado a un cónyuge.
Respuesta:
Se considerará como Fecha de Alta, aquella a partir de la cual el familiar del trabajador o pensionista tiene derecho a recibir prestaciones de salud por parte del EsSalud. Para ello deberá considerar lo siguiente:
Situación |
Inicio de la relación laboral |
Fecha de nacimiento/ matrimonio o inicio de unión de hecho |
Hijo nació antes del inicio de la relación laboral con el declarante. |
X |
|
Hijos nacidos en fecha posterior al inicio de la relación laboral con el declarante. |
X |
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Contrajo matrimonio en fecha posterior al inicio de la relación laboral con el declarante. |
X |
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Contrajo matrimonio antes del inicio de la relación laboral con el declarante. |
X |
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Se produjo la unión de hecho (concubinato) antes del inicio de la relación laboral con el declarante. |
X |
|
Se produjo la unión de hecho (concubinato) en fecha posterior al inicio de la relación laboral con el declarante. |
X |
PERSONAL DE TERCEROS
Respuesta
El Personal de Terceros incluye servicios de intermediación laboral, tercerización, contratistas, subcontratistas, entre otros.
Para que sean informados como tal, se requiere: 1.- el personal corresponda a otro empleador, 2.- realice actividades de alto riesgo (Anexo 5 del D.S. Nº 009-97-SA) en los establecimientos del Declarante y 3.- que su empleador no le haya dado cobertura con el SCTR.
DETALLE DE LA DECLARACIÓN
Respuesta
Existe suspensión perfecta del contrato de trabajo cuando cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral.
Respuesta
El número de días que recoge el aplicativo (PDT 601 – Planilla Electrónica) es el número de días del mes del período que se está declarando. Si declara marzo, la suma de los días Efectivamente laborados + Subsidiados + No laborados y no subsidiados será igual a 31.
Respuesta
Un trabajador puede laborar en jornadas atípicas y en horario nocturno y el aplicativo le permite consignar ambas para un período. Si al siguiente período deja de laborar en horario nocturno, deberá proceder a actualizar esta información.
Respuesta
La jornada ordinaria es de 8 horas diarias o 48 horas semanales como máximo. Jornadas máximas de menos horas se establecen por ley, convenio o decisión unilateral del empleador. En el caso de los menores de edad entre 12 y 14 años de edad la jornada no excederá de las 4 horas diarias ni 24 horas semanales. Para los menores de edad entre 15 y 17 años no deben laborar más de 6 horas diarias ni 36 a la semana. Ley Nº 27377 - Código de los Niños y Adolescentes.
Debe precisarse que no se encuentran sujetos a una jornada máxima los trabajadores de dirección, los que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia (prestan servicios en forma alternada con lapso de inactividad).
Respuesta
La declaración se presentará consignando en el detalle de Nº de CITT la leyenda "En Trámite".
Respuesta
Si el permiso es remunerado se consignará como tipo de suspensión el 26 "S.I. licencia con goce de haber" y de no ser remunerado se consignará el tipo 05 "S.P. Permiso o licencia concedidos por el empleador sin goce de haber".
Se consulta:
¿Cómo se deberá declarar cada uno de estos meses?
Respuesta
Por este concepto, informará lo siguiente en el período enero:
Ingresos |
Devengado |
Pagado |
Remuneración básica |
S/ 1,000 |
S/0 |
Por el período febrero lo siguiente:
Ingresos |
Devengado |
Pagado |
Remuneración básica |
S/ 1,000 |
S/2,000 |
Respuesta
Es suficiente que declare los períodos subsidiados y como Nº de CITT que consigne la leyenda "EN TRÁMITE".
Respuesta
Sólo se debe registrar al Personal de Terceros en tanto el declarante haya asumido el pago del SCTR.
Respuesta
El importe de las retenciones de quinta categoría debe ser ingresado por el declarante.
Respuesta
Debe ser solo una Planilla Electrónica.
Respuesta
Se activará siempre y cuando dentro del Módulo Registro del Declarante se hubiera declarado por lo menos un establecimiento indicando que en él se desarrollan actividades de riesgo SCTR.
Respuesta
Si los motivos son diferentes y están contemplados en el aplicativo, entonces deberá diferenciarlos.
Respuesta:
En el caso de los aportes al EsSalud los aportes deben efectuarse tomando como base imponible mínima la Remuneración Mínima Vital, independientemente del número de días y horas laboradas por el trabajador durante el período. Sólo se aplicará proporcionalidad en caso existan días subsidiados.
Para las aportaciones al SNP se aplicará la retención sobre la remuneración real del trabajador.
Respuesta:
Sí, es necesario que la empresa previamente suscriba el convenio con el EsSalud, dado que esta entidad le fijará las tasas correspondientes, según las actividades de riesgo que desarrolle.