Precisa la exclusión del
departamento de San Martín del ámbito de aplicación
de lo dispuesto en la Tercera Disposición
Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de
la Inversión en la Amazonía.
Precisar
el cobro de los tributos diferenciales por el ingreso de
mercancía de la zona de tratamiento especial al amparo
de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía,
al departamento de San Martín.