TEXTO ANTERIOR
XI. DEFINICIONES Y
ABREVIATURAS (…)
Contramuestra:
Parte de la muestra extraída durante el reconocimiento
físico, o extraída por una entidad acreditada por el INACAL en la
extracción de muestras o con supervisión de aquella, en el caso de
concentrados de minerales metalíferos; que se conserva en custodia
para ser utilizada en una eventual repetición de ensayos.
(RIN-45-2016-SUNAT/5F0000-26/11/2016).
modificada por RIN
51-2016/SUNAT/5F0000 -31.12.2016 y por
RIN-02-2017/SUNAT/5F0000-07.01.2017.
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TEXTO ACTUAL
XI. DEFINICIONES Y
ABREVIATURAS (…)
Contramuestra:
Parte de la muestra extraída durante el reconocimiento
físico que se conserva en custodia para ser utilizada en
una eventual repetición de ensayos. En el caso de
concentrados de minerales metalíferos es aquella muestra
representativa extraída por un laboratorio acreditado
por el INACAL.
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