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PLAZO MÁXIMO PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO PARA NO DOMICILIADOS - 2026

 
MES (**) PLAZO MAXIMO (*)
Diciembre 2025 15 de enero de 2026
Enero 2026 13 de febrero de 2026
Febrero 2026 13 de marzo de 2026
Marzo 2026 16 de abril de 2026
Abril 2026 15 de mayo de 2026
Mayo 2026 12 de junio de 2026
Junio 2026 14 de julio de 2026
Julio 2026 17 de agosto de 2026
Agosto 2026 14 de setiembre de 2026
Setiembre 2026 15 de octubre de 2026
Octubre 2026  13 de noviembre de 2026
Noviembre 2026 16 de diciembre de 2026
Diciembre 2026 15 de enero de 2027
 
Nota: (*) El vencimiento de la declaración será hasta el décimo día hábil del mes siguiente a aquel en el que nace la obligación tributaria (no se incluye los días sábados, domingos y feriados nacionales).
  (**) Incluye a los sujetos no domiciliados que prestan servicios digitales a personas naturales sin actividad empresarial y que tienen la calidad de agentes de retención y/o percepción del IGV.
Incluye a las empresas no domiciliadas que se encuentran obligadas a declarar y pagar el impuesto a los juegos y apuestas deportivas a distancia y que tienen la calidad de agentes de percepción del ISC.
Base Legal: Resolución de Superintendencia N°294-2024/SUNAT , publicada el 26 de diciembre de 2024.
Resolución de Superintendencia N° 010-2025/SUNAT, publicada el 21 de enero de 2025.